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A partir de este 27 de junio de 2017 entra en vigor una nueva ley en México que protege a los viajeros aéreos. Las aerolíneas contarán con 90 días hábiles desde esta fecha para adecuar sus procedimientos para cumplir con estas medidas, es decir, hasta la última semana de octubre.
Las nuevas modificaciones a Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor son las siguientes:
? En caso de demora de más de una hora y menos de dos horas respecto al tiempo de salida estipulada en los boletos de avión, las empresas deberán compensar respecto a sus propias políticas, pero mínimo se deberá incluir descuentos en vuelos posteriores hacia el destino contratado y alimentos y bebidas.
? En caso de dos a cuatro horas de demora, las líneas aéreas deberán compensar con un descuento de 7.5 % en un futuro viaje al mismo destino.
? Si la demora es de cuatro horas o más, las empresas tienen que reintegrar el valor del trayecto afectado, ofrecer transporte sustituto, alojamiento en caso de requerirse y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
? En las tres opciones, las empresas darán 25 por ciento del valor del vuelo demorado. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) deberá instalar módulos de información en cada una de las terminales aéreas del país.
? Cada pasajero podra acceder a bordo, sin cargo extra, con dos maletas de mano, y una maleta documentada de no más de 25 kilogramos.
? Los niños menores de 2 años podrán viajar gratis sin que se cobre la expedición del boleto o documentación de la carreola.
? Los servicios adicionales no podrán ser condicionados a la compra del boleto.
? Las aerolíneas no podrán cancelar viajes de regreso si el de ida fue cancelado en una venta redonda.
Vía: El Financiero
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